La reducción de la pena por trabajo y estudio para los privados de libertad es un derecho constitucional y no un beneficio. Así lo afirmo Daniel Ramírez Herrera, Defensor Público quien acudió al Tribunal Supremo de Justicia para solicitar un recurso de interpretación del artículos 488 del Código Orgánico Procesal Penal.
Explicó el Defensor Público que a algunos privados de libertad no se les considera el trabajo y estudio para rebajar la pena.
Agrega que las políticas del Estado están dirigidas a que los privados de libertad trabajen y estudien para que luego sean reinsertados en la sociedad. Después del nombramiento de la Comisión Presidencial para la Revolución Judicial, el Defensor Público visitó 26 internados judiciales y encontró hacinamiento y retardo procesal por parte de los tribunales.
Según el Defensor Público lo que se busca es la consolidación y reestructuración del sistema de justicia.
Noticiero Venevisión