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Abogado Cándido Ramírez explica los alcances del Decreto de Conmoción Exterior

  • 2-Octubre-2025 12:00
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Abogado Cándido Ramírez explica los alcances del Decreto de Conmoción Exterior

Tras la explicación de los alcances del Decreto de Estado de Conmoción Exterior ofrecida por la vicepresidenta ejecutiva de la República, Delcy Rodríguez, ante el Cuerpo Diplomático Acreditado en el País, el abogado constitucionalista Dr. Cándido Ramírez analizó en Entrevista Venevision el mecanismo legal y sus implicaciones para Venezuela.

Ramírez explicó que el estado de conmoción exterior es uno de los cuatro estados de excepción previstos en la Constitución, concebido como un mecanismo político-jurídico para preservar el orden constitucional ante una amenaza inminente, como la posible presencia de tropas extranjeras en aguas territoriales.

El constitucionalista destacó que, a diferencia de constituciones anteriores, la Carta Magna de 1999 no permite la suspensión total de los derechos, sino la restricción de ciertas garantías específicas para proteger la estabilidad del Estado y sus derechos constitucionales.

 Alcance y Mecanismos del Decreto

 Según el análisis del Dr. Ramírez, el decreto es amplio y abarca no solo temas de seguridad y defensa, sino también aspectos políticos, económicos y sociales. Sus mecanismos principales incluyen:

  • Movilización Territorial: La movilización de tropas militares, incluyendo la milicia, para resguardar la población y garantizar la continuidad de servicios públicos esenciales como el sector petrolero, gasífero y eléctrico.

  • Requisición: La potestad de realizar inspecciones en residencias o instalaciones, aunque sujeta a control ciudadano y judicial.

  • Apego Legal: El decreto debe cumplir con requisitos internacionales establecidos en el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana de Derechos Humanos.

  • Ejecución Inmediata: La Ley Orgánica de Estados de Excepción permite que el decreto entre en vigencia inmediatamente, sin necesidad de esperar su publicación en Gaceta Oficial.

 Proceso Constitucional y Finalidad

 El experto aclaró que la activación del estado de excepción sigue un proceso constitucional: el Ejecutivo lo promueve, la Asamblea Nacional tiene un plazo de ocho días para considerarlo, y posteriormente la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dispone de diez días hábiles para realizar el control de constitucionalidad.

El Dr. Ramírez enfatizó que el objetivo primordial del decreto es prevenir un caos y mantener a la población en un "estado de alerta" ante el peligro de una agresión externa, buscando proteger el orden jurídico constitucional frente al "cerco económico" y las amenazas de injerencia extranjera.

Noticias Venevision 

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