La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró inadmisible el recurso de amparo interpuesto contra el Consejo Nacional Electoral para que publicara los resultados desagregados de las elecciones del pasado 28 de julio.
El órgano judicial consideró inadmisible la solicitud realizada por el excandidato presidencial Enrique Márquez, Andrés Giussepe, José Luis Ibrahim, Yul Yabour, Carlos Ojeda, Oscar Figuera, Eduardo Sánchez y Juan Barreto.
El TSJ también estableció una serie de sanciones contra la abogada María Alejandra Díaz, que fue la responsable de introducir el documento.
La Sala Constitucional ordenó al tribunal disciplinario del Colegio de Abogados que de «manera perentoria inicie el respectivo procedimiento disciplinario a fin de aplicar la sanción que corresponda a dicha abogada.
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