La sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró la constitucionalidad del decreto número 4.090, mediante el cual el presidente de la República, Nicolás Maduro, declaró el estado de excepción y de emergencia económica en todo el territorio nacional.
Con ponencia del magistrado, Juan José Mendoza Jover, se declaró como nulo, inexistente e ineficaz cualquier acto en el cual la Asamblea Nacional en desacato pretenda desaprobar el decreto de estado de excepción.
Asimismo, reiteró que mientras el parlamento se mantenga en desacato, a las sentencias del alto juzgado del país, los actos emanados por este organismo, resultarán inconstitucionales y, por ende, carentes de toda vigencia y eficacia jurídica,
Noticiero Venevisión