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Economía

TSJ establece que bonos pagados en moneda extranjera no constituyen parte del salario laboral

  • 16-Diciembre-2025 8:46
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La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) resolvió que los bonos entregados de manera periódica en divisas por las empresas a sus empleados no constituyen salario, ya que su propósito es de carácter social, orientado a mejorar las condiciones de vida del trabajador y su núcleo familiar, conforme a lo establecido en el artículo 105 de la Ley Orgánica del Trabajo.

Este pronunciamiento corresponde a la sentencia N° 523, vinculada al expediente N° 24-058, emitida el pasado 13 de noviembre por la mencionada sala del máximo tribunal del país.

El trabajador que presentó la demanda alegó que la regularidad de dichos pagos y la marcada diferencia respecto al salario básico debían ser tomados en cuenta para calcular prestaciones sociales y demás obligaciones derivadas de la relación laboral.

Sin embargo, la Sala de Casación Social se remitió al contenido de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT), así como a la Ley de Cestaticket Socialista, para resolver la controversia.

La importancia de esta decisión radica en que preserva la definición de salario frente a beneficios sociales, otorga mayor flexibilidad en el cumplimiento de compromisos laborales al equilibrar los intereses de empresas y trabajadores, y reafirma la validez de acuerdos privados siempre que no se afecten derechos fundamentales.

 
 
 
Con información de Banca y Negocios
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