El Tribunal Especial Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control con Competencia en Casos Vinculados con Delitos Asociados al Terrorismo con Jurisdicción a Nivel Nacional dictó medida de privación de libertad, conforme a las disposiciones del Código Orgánico Procesal Penal, para un grupo de 22 personas, entre hombres y mujeres, capturados por efectivos de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana por presuntamente ser parte de los grupos estructurados de delincuencia organizada (GEDO) que vienen operando en jurisdicción del estado Apure, y que serían parte de las agrupaciones armadas colombianos, conocidos como Tancol.
En el fallo del juzgado se determinó la privativa de libertad por la presunta comisión de los delitos de terrorismo y asociación para delinquir, tipificados respectivamente en los artículos 52 y 37 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, para los ciudadanos y ciudadanas Antonio José Rodríguez Arias, Iris Del Carmen Rattia Ramos (comisionada de la Policía Nacional Bolivariana y quien se venía desempeñando como directora de la Policía Municipal de Guasdualito), Erminio Roa Mora, Gabriel Antonio Hernández Rodríguez, Carlos Leonida Bustamante Martínez, Anderson José Monasterios Chacón, Daimar Nazareth González López, Víctor Antonio Cuervo Mejías, Yuraibe Yarubay Acosta Esqueda, Karina Yatziyelis Gutiérrez Tovar, Luis Enrique Blanco Gutiérrez, Yanitza Ricarda Gómez, Rodolfo Rafael Rodríguez Álvarez, Jeiber Eleú Méndez Batta, Jhon Charlys Castillo, Jorge José Ramírez Castillo, Carlos Enrique Nieves Salazar, Ricardo Alfredo Nieves Salazar, Daniel Jesús Marcano Somrah, Jonathan Emigdio Lozada Zambrano, Yeferson Sneider Clofort Calderón y Carlos José Aragoza López.
En el dictamen, también se aceptó la calificación de los delitos de tráfico ilícito de armas, sancionado en el artículo 38 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, para los mencionados Acosta Esqueda, González López, Ramírez Castillo, Castillo, Méndez Botta, Clofort Calderón, Marcano Somrah y Lozada Zambrano; de porte ilícito de arma de fuego, previsto en el artículo 112 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, para Nieves Salazar y Castillo; y contrabando agravado, contemplado en el artículo 20, numeral 4, de la Ley sobre el Delito de Contrabando, para Cueva Mejías y Acosta Esqueda.
En otra audiencia, el mismo juzgado dictó la privación de libertad para otro grupo de ciudadanos y ciudadanas relacionados con los mismos hechos. Por la presunta comisión de los delitos de terrorismo y asociación para delinquir se determinó la privativa para Carlos Rafael Gallardo Rondón, Dayci Alexandra Camacho Uribe, Iraima Andreina Acosta Moncada, José Esequiel Acosta Porras, Wilmer Alberto García Moncada, José Luis Rodríguez Barrera, Douglas Alejandro Castillo Chávez, Jhon Edison Rodríguez Dura, Brandon Johan Gutiérrez Rojas, Alver Alí Tovar Tinedo, Keinly Liliana Páramo Cáceres, Jhoneider Piñeres Alarcón y José Jehová Alvarado Carrasquel.
Adicionalmente el tribunal aceptó la calificación del delito de tráfico ilícito de armas para Castillo Durán, Gutiérrez Brando, Piñeres Alarcón, Páramo Cáceres y Tovar Tinedo; mientras que sobre Gallardo Rondón y Acosta Porras recayó también la acusación por el delito de porte ilícito de arma de fuego.
En ambos casos el Tribunal Especial Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control con Competencia en Casos Vinculados con Delitos Asociados al Terrorismo con Jurisdicción a Nivel Nacional acordó el procedimiento ordinario previsto en la legislación penal venezolana.