La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) ordenó a las instituciones bancarias y compañías emisoras de tarjetas de crédito y débito, suspender el cobro por el servicio de punto de venta a aquellos usuarios que no presenten actividad transaccional o no generen un monto suficiente para cubrir los costos operativos del sistema.
La Sudeban indicó que la medida se mantendrá por un período mayor a 30 días continuos.
Se dispone la implementación de mecanismos para la efectiva suspensión del servicio de punto de venta a los usuarios con alguna de las particularidades transaccionales descritas, durante el lapso que se mantenga el Estado de Alarma.
Al referirse a los proveedores de puntos de venta, deberán abstenerse de efectuar recargos o cobros por estos servicios, en los casos en que dichos usuarios no presenten actividad transaccional.
A través de una nota prensa, indicó que la apertura de mesas de trabajo con funcionarios de la Sundde, para revisar las estructuras de costos de las tarifas establecidas por concepto de servicios.
El cumplimiento de la presente instrucción por parte de los sujetos regulados no podrá generar montos acumulados de deudas, ni intereses moratorios en detrimento de los usuarios, durante el lapso de suspensión de los servicios.
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— SudebanInforma (@SudebanInforma) May 5, 2020
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