Los funcionarios del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) ya no podrán sancionar o multar a los establecimientos públicos que no exhíban en físico el comprobante del Registro de Información Fiscal (RIF) ni la declaración del Impuesto Sobre la Renta (ISLR).
La medida fue ratificada por el superintendente del organismo, Román Maniglia, quien instruyó al personal de la intendencia de tributos internos a abstenerse de exigir estos documentos en los establecimientos comerciales. El argumento central de esta disposición es que dicha información ya se encuentra sistematizada y accesible en los registros digitales de la propia institución fiscal.
Estamos dando los primeros pasos. Instruí al equipo de la intendencia de tributos, que ningún funcionario público nuestro debe solicitar la “exhibición en un lugar visible” del RIF, así como cualquier otro documento que ya esté en la base de datos del @seniat_oficial. pic.twitter.com/a30JEL9iK2
— Román Maniglia (@romanmanigliave) July 31, 2026
En el documento, firmado por la autoridad tributaria, queda suspendida la revisión y verificación del requisito que obligaba a los comercios a mantener pegados o visibles las copias de sus comprobantes tributarios.
Noticias Venevision.