El gobierno nacional prorrogó hasta el próximo 31 de diciembre la vigencia del régimen de exoneraciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y aranceles de importación a los productos amparados por estos beneficios, según una disposición publicada en la Gaceta Oficial número 6.784, fechada el 29 de diciembre de 2023.
La prórroga de este régimen de exoneraciones fue publicada en la Gaceta Oficial No. 42.953 de fecha 30 de agosto de 2024.
La resolución ampara a más de 2.400 códigos arancelarios y se viene aplicando como mecanismo para mantener un nivel adecuado de abastecimiento, sobre todo de productos alimenticios, además de ofrecer incentivos a las compras externas de bienes indispensables para incrementar la producción nacional.
La norma prevé exoneraciones de 90% del Impuesto al Valor Agregado y del arancel de importación a los códigos arancelarios previstos en el anexo 1 del decreto, donde se incluyen 1.550 líneas de productos, básicamente importados por el sector privado.
Mientras tanto, se exonera el 100% de estas cargas fiscales a las importaciones listadas en los anexos 2, 3 y 4 del decreto, si son realizadas por entidades de la Administración Pública.
En el caso de los códigos que se integran en el Anexo 2, también quedan exoneradas totalmente las importaciones de estos rubros que sean realizadas «con recursos propios por personas naturales y jurídicas».
Entre los requisitos establecidos para beneficiarse de estas exoneraciones, la norma exige la presentación de un Certificado de no Producción Nacional o de Producción Nacional Insuficiente, que debe ser otorgado por el ministerio con competencia relacionadas con la producción nacional.
Este decreto de prórroga del régimen de exoneración impositiva de importaciones entró en vigencia el pasado 1 de septiembre.
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