El Gobierno Nacional publicó en Gaceta Oficial el Decreto 4.279 mediante el cual “se suspende por un lapso de seis (06) meses el pago de los cánones de arrendamiento de inmuebles de uso comercial y de aquellos utilizados como vivienda principal.
Señala el decreto que como efecto de la pandemia producida por el COVID-19 se ha reducido significativamente la actividad comercial de todos los sectores productivos del país, lo cual ha dificultado, a comerciantes y familias, materializar el pago de los cánones de arrendamiento.
En tal sentido en su artículo 1° establece la suspensión “por un lapso de seis (06) meses el pago de los cánones de arrendamiento de inmuebles de uso comercial y de aquellos utilizados como vivienda principal”.
De igual manera, por un lapso de hasta seis (6) meses, contados a partir de la publicación de este Decreto en la Gaceta Oficial, se suspende la aplicación del artículo 91 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos
En consecuencia, por el mismo periodo, se suspende la aplicación de la causal de desalojo establecida en el literal “a” del artículo 40 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial.
Con información de 800 Noticias