El diputado a la Asamblea Nacional y presidente de la subcomisión de Finanzas, Ramón Lobo, aseguró que la aplicación del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras es sencilla.
El IGTF afecta, según la Gaceta Oficial, a «las personas naturales, jurídicas y las entidades económicas sin personalidad jurídica, por los pagos realizados en moneda distinta a la de curso legal en el país, o en criptomonedas o criptoactivos diferentes a los emitidos por la República Bolivariana de Venezuela».
Aquí 6 claves para comprender y aplicar el impuesto al dólar según el diputado a la Asamblea Nacional:
1. Quienes vayan a realizar una transferencia bancaria en divisas de una cuenta a un tercero dentro del Sistema Financiero Nacional debe pagar 3 %.
2. Si va a un comercio, un restaurante, algún prestador de servicio que sea contribuyente especial, paga en divisas y el comercio le proporciona factura, debe pagar el IGTF.
3. Si usted no quiere cancelar ese 3% al comercio, entonces la opción es cambiar las divisas a los bolívares y paga en moneda nacional.
4. Toda persona debe exigir su factura al momento de pagar el producto o servicio adquirido en cualquier establecimiento que exija el pago del importe correspondiente al IGTF.
5. Los establecimientos que sean contribuyentes especiales deben entregar factura formal del Seniat a través de la máquina fiscalizadora o vía manual con el esquema prenumerado y todos los requisitos que establece el organismo.
6. El pago de 3% correspondiente al IGTF no excluye el pago de 16% relativo al Impuesto al Valor Agregado (IVA), destacó Lobo.
“Se paga el IVA normal, pero también se paga 3% por el uso de divisas”, enfatizó.