Similar a otras ya vigentes en los países vecinos de Brasil, la resolución permite el flujo normal del transporte de carga, aunque libera el ingreso de extranjeros por vía terrestre o acuática procedentes de Venezuela.
Las restricciones, que están en vigor en Brasil desde finales de marzo, no se aplicarán a migrantes residentes en el país, profesionales extranjeros en misión diplomática, humanitaria o de un organismo internacional, pasajeros cuyo destino final sea otra nación, ni a extranjeros que tengan cónyuge o hijo brasileño.
Tampoco afectará a los foráneos que ingresen a Brasil por vía aérea con la intención de residir por «un tiempo determinado» y que posean un visado para estudiar, realizar actividades artísticas o deportivas, trabajar, invertir o para una reunión familiar, según el texto.
Brasil es el segundo país del mundo más afectado por la COVID-19 que ya deja más de 90.000 víctimas mortales y 2,5 millones de infectados.
EFE