La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró legal el uso de divisas como moneda de cuenta o de pago de contratos.
El TSJ distinguió el dólar como una moneda de cuenta y la fijó como exclusiva de pago. Explican que, el deudor se liberará entregando su equivalente en bolívares a la tasa corriente a la fecha de pago.
Destacaron que si las partes pactaron expresamente la moneda extranjera como exclusiva de pago, el deudor se liberará pagando la cantidad correspondiente en moneda extranjera.
Noticiero Venevisión