En Entrevista Venevisión, el abogado especialista en derecho inmobiliario y de condominios, José Gregorio Valero, analizó los dos nuevos instrumentos legales que se discuten formalmente en la Asamblea Nacional. Las reformas prometen un cambio radical en las reglas del juego para el sector de la construcción y el mercado de arrendamientos en Venezuela.
El especialista aclaró una de las mayores dudas de la colectividad: la entrada en vigencia de la nueva normativa no afectará los alquileres actuales. "No hay retroactividad. La nueva ley no deroga la legislación del 2011, por lo que van a coexistir dos tipos de contratos. Los vigentes seguirán bajo el esquema de la ley de 2011, mientras que los nuevos se regirán por el nuevo instrumento blindado", explicó.
Valero desmintió de forma categórica los rumores sobre una supuesta obligatoriedad de alquilar las viviendas que se encuentren desocupadas. "Yo trabajo directamente con condominios y conocemos las estadísticas de inmuebles vacíos; es falso que los propietarios vayan a ser obligados a rentar por la fuerza. El espíritu de esta ley es devolver la confianza al rentista, no coaccionarlo".
Fin al "vía crucis" de la Sunavi y facilidades de desalojo
El cambio más sustancial de la reforma radica en la simplificación de los procesos judiciales por incumplimiento de contrato o falta de pago.
Supresión de la vía administrativa: "Se va a terminar la tortura de tener que agotar el largo proceso administrativo ante la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda (Sunavi) para poder demandar. Ahora el propietario podrá acudir directamente a los tribunales de municipio o emplear el arbitraje comercial", reveló el abogado.
El "mito" de los menores de edad: Valero recordó que una sentencia vinculante del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) dejó claro que los contratos son estrictamente entre adultos. El hecho de que existan niños o adolescentes en el núcleo familiar del inquilino no imposibilita la ejecución del finiquito del contrato o el desalojo, un temor que históricamente contraía la oferta del mercado.
Autonomía de las partes: Contratos privados y depósitos en divisas
La nueva normativa legal otorgará un peso primordial a la autonomía de la voluntad de los contratantes:
Validez del documento privado: Los ciudadanos podrán firmar contratos de arrendamiento de forma privada, los cuales tendrán la misma validez legal que un documento autenticado ante una Notaría Pública.
Depósito regulado: Se fijará un límite estricto de tres meses de depósito en garantía. El experto sugirió realizar inventarios y registros fotográficos exhaustivos para asegurar la devolución de este dinero al término de la relación.
Legalización de las divisas: Por primera vez se permitirá plasmar el canon de arrendamiento en moneda extranjera dentro del cuerpo del contrato, aunque se mantendrá el derecho del inquilino de saldar la obligación en bolívares a la tasa oficial del día.
Responsabilidad penal para constructores tras "doblete sísmico"
Haciendo eco de la reciente contingencia en el estado La Guaira debido a un doblete sísmico, el abogado Valero señaló que los criterios de compra del venezolano han cambiado radicalmente, priorizando la sismorresistencia.
En este orden, el nuevo marco legal que compete a la construcción ampliará los plazos para que las empresas culminen sus obras (más allá de los 24 meses previos), pero endurecerá severamente los controles económicos e institucionales. "La reforma introduce la obligatoriedad de fianzas y establece una responsabilidad civil y penal estricta para los constructores, pero especialmente para los funcionarios públicos que otorguen las cédulas de habitabilidad y los permisos de ingeniería sin las debidas verificaciones de seguridad", concluyó.
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